• Nuestro compromiso con la Calidad Institucional

    Planificación Estratégica 2021-2027

  • Uso de Medios Electrónicos en el TC (Ley 10.352)

    Avanzamos hacia el Expediente Electrónico

  • Domicilio y Notificación Electrónica

    Res. TC Nº 57/22

  • Firma Digital

    Uso de la Firma Digital

  • Creación del "Registro de Responsables"

    Resolución TC Nº 94/19

D I R E C C I O N E S

DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS

SUS FUNCIONES

Son funciones de la Dirección de Obras Públicas, las siguientes:


Entender en el control preventivo de los actos administrativos inherentes a las obras públicas que ejecutan los organismos que se encuentren en la jurisdicción y competencia del Tribunal de Cuentas de la Provincia; con excepción de aquellas obras públicas que se realizan en el marco de planes y programas especiales y específicos.


Realizar verificaciones de obras públicas.


Efectuar auditorías de obras públicas cuando el Tribunal de Cuentas de la Provincia lo disponga.


Entender en la instancia de juicio de cuenta relacionado con obras públicas, en las cuáles no haya intervenido en la instancia de control preventivo, ante el oportuno requerimiento o solicitud de las áreas del Tribunal de Cuentas de la Provincia.